Si te estás planteando emprender, uno de los primeros pasos a tomar para facturar es darte de alta como autónomo, ¿o no? Posiblemente este sea uno de los primeros quebraderos de cabeza al que te enfrentes en esta nueva etapa empresarial, ya que la información puede ser muy confusa, causando dificultades a la hora de emprender. Es precisamente por esta razón por la que queremos ponértelo fácil y contarte todo lo que necesitas saber sobre facturar sin ser autónomo.
La pregunta de los emprendedores: ¿Cómo puedo facturar sin ser autónomo?
Una de las preguntas que más se hacen los emprendedores en España es si se puede facturar sin ser autónomo, ya que las elevadas cuotas a la Seguridad Social son capaces de echar atrás a cualquier persona con un proyecto de negocio en mente.
Bien es sabido que los primeros meses no se suele ingresar mucho, ya que necesitamos un tiempo para hacer despegar nuestro negocio, por tanto, ¿es realmente necesario darnos de alta desde el primer momento? Lamentablemente, la respuesta no es unánime. Muchos portales en Internet afirman que sí se puede, mientras que Hacienda obliga a estar dado de alta para facturar cualquier trabajo. Para rizar el rizo, existe un vacío legal que hace posible poder facturar sin ser autónomo, pero que conlleva ciertos riesgos.
¿Se puede facturar sin estar dado de alta?
Para emitir una factura de forma legal, no solo hay que cumplir con las obligaciones de la Seguridad Social, sino también con Hacienda.
Según la normativa, las personas que realicen una actividad económica a título lucrativo de forma habitual, personal y directa, deben darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). El problema es que existe un vacío legal, ya que nadie define exactamente qué se considera “habitual”. ¿Existe diferencia entre alguien que trabaja de forma esporádica y alguien que dedica todo su tiempo a su negocio? Para la Seguridad Social, parece que no. Hay trabajadores que se acogen a este vacío legal para desarrollar una actividad laboral puntual sin darse de alta, sobre todo acogiéndose al hecho de que, en algunos casos, los mismos jueces le han dado la razón a trabajadores que recurrieron tras ser sancionados.
«Trabajo de forma puntual… ¿cuánto se puede facturar sin ser autónomo?»
Técnicamente, si desarrollas una actividad profesional de forma puntual, te puedes acoger al vacío legal existente y no darte de alta, siempre y cuando puedas demostrar que tus ingresos fueron inferiores al salario mínimo interprofesional (10.302,60 euros anuales en 2018). Pongamos como ejemplo que para el negocio que quieres emprender tan solo tendrías que emitir cuatro facturas al año, pero cada una de ellas tendría un valor superior a 2,575 €, entonces tendrías que darte de alta como autónomo, ya que superarías el salario mínimo interprofesional anual.
«Trabajo de manera no habitual y no supero el salario mínimo interprofesional, no necesito darme de alta, ¿no?»
En este caso, estarías dentro del vacío legal que comentamos anteriormente. Aunque pueda parecer sencillo determinar si el trabajo es puntual o no y si no superas el salario mínimo, las condiciones exactas dan lugar a un amplio margen de confusión. Teniendo esto en cuenta, podemos afirmar que, aunque el riesgo de sanción sea bajo, sigue existiendo.
¿Qué alternativas hay?
Si tienes la posibilidad de agrupar todas tus facturas en meses concretos, una alternativa sería facturar solo los meses que estés dado de alta, evitando así tener que pagar la cuota de autónomos todos los meses. ¿Desventajas? Que una vez que te hayas dado de baja, perderías el acceso a las bonificaciones la siguiente vez que te des de alta. Mucha gente habla de las cooperativas de facturación como una alternativa, pero desde hace unos años empezaron a estar vigiladas muy de cerca por parte de la Inspección de Trabajo, que acabó cerrando muchas de ellas. Es por esto que las cooperativas de facturación han dejado de ser una alternativa viable, ya que carecen de validez y seguridad.
¿Qué pasa si nos pillan facturando sin ser autónomos?
En el caso de que se determine que deberíamos habernos dado de alta como autónomos, la Seguridad Social te hará pagar todas las cuotas atrasadas. A esto se suma un recargo del 20% más los intereses, además de perder el derecho al acceso a bonificaciones como la Tarifa Plana. Por ello, la forma más sencilla de saber que estás cumpliendo con la ley en todo momento y evitarte disgustos y errores a la hora de emprender, es darte de alta, tanto en Hacienda como en la Seguridad Social. Si la contabilidad no es lo tuyo, siempre puedes recurrir a un asesor para estar siempre al día de los impuestos que tienen que pagar.
Decidas los que decidas, existen diversas herramientas para emprendedores muy fáciles de usar, entre las que destacan aplicaciones para crear facturas de manera rápida y sencilla. No todo iba a ser tan difícil como decidir si darnos de alta o no…
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